MEDIDAS PREVENTIVAS
El Plan de Convivencia de nuestro colegio se estructura en torno a las siguientes medidas preventivas:
  • Amplia oferta de actividades complementarias y extraescolares dirigidas a fomentar hábitos educativos, deportivos y saludables.
  • Oferta educativa. Incluye medidas establecidas con objeto de eliminar la desigualdad que puede ser origen de problemas de convivencia:
          – Plan de Acompañamiento Escolar. De 3º a 6ª.
          – Plan de Educación Compensatoria.
          – Programa de Refuerzo y Apoyo.
  • Aula de Convivencia. Espacio educativo destinado a la actuación con el alumnado que presente dificultades de adaptación o disrupción.
  • Participación en el Programa Escuela Espacio de Paz, programa intercentros para el desarrollo de actividades que fomentan la convivencia y la tolerancia.
  • Compromisos educativos y de convivencia. Formalizados por el Centro con aquellas familias del alumnado que presenten alguna situación de riesgo.
MEDIDAS CORRECTORAS
       Ante la posible presencia en el Centro de actitudes contrarias a las normas de convivencia, hemos de tener previstas, y así se recogen en el Plan, medidas correctoras que favorezcan la eliminación de estos comportamientos. Para ello el Centro ha optado por seguir las normas de convivencia establecidas en:
  • La Orden 20 de Junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas.
  • El Decreto 328/2010 de 13 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros de Educación Infantil y Primaria sostenidos con fondos públicos. En su capítulo III se regulan las conductas contrarias a la convivencia, las medidas correctoras y sancionadoras de las mismas y el trámite de audiencia a las padres y madres. Las conductas contrarias a la convivencia están tipificadas como:
          – Conductas contrarias a la convivencia (Sección 2ª). Son conductas que podemos calificar como leves, y cuya sanción va desde la amonestación verbal hasta la privación de la participación en algunas actividades.
          – Conductas gravemente perjudiciales contra la convivencia (Sección 3ª). Son conductas que se califican como graves y cuya sanción va desde la privación del derecho de asistencia a determinadas clases hasta la expulsión o cambio de Centro Escolar.
Pueden consultar el Plan de Convivencia en el siguiente enlace: